Fuente: GeoYasuní,
http://www.geoyasuni.org/?page_id=1187
Análisis critico del Informe preparado por el Ministerio de Justicia Derecho Humano y Cultos el 21 agosto 2013
por Massimo De Marchi y Salvatore Eugenio Pappalardo
Mapa tridimensional de la Zona Intangible Tagaeri Taromenane
La Solicitud del Presidente de la República a la Asamblea Nacional (para la declaración de interés nacional de la explotación petrolera de los bloques 31 y 43, dentro del Parque Nacional Yasuní) se compone de una oficio Presidencial y de cuatro informes preparados por las correspondientes carteras del Estado: Informe del Ministerio del Ambiente, Informe del Ministerio de Recursos Naturales no Renovables, Informe del Ministerio de Justicia Derechos Humanos y Cultos, Informe del Ministerio Coordinador de Política Económica.
Como investigadores que trabajan desde algunos años sobre el Yasuni y la territorialidad de los pueblos Tagaeri Taromenane estamos interesados a dar nuestra contribución a un debate suficientemente informado, considerando que la discusión sea la parte mas importante de la decisión porque puede generar mayor comprensión y soluciones no planteadas antes.
Evidenciamos la necesidad de dar al debate un enfoque de largo plazo: la extracción de petroleo dentro del Parque Yasuni clava una vez mas, para al menos 30 años, el Parque a un destino extractivista.
Los documentos sobre la viabilidad de la operación no parecen tener este tipo de perspectiva temporal. En el informe que analizamos en este estudio, lo del Ministerio de Justicia, el objectivo “Constatar la presencia de Pueblos Indígenas en Aislamiento Tagaeri, Taromenane u otros grupos en situación de aislamiento al interior del perímetro de los Bloques 31 y 43, denominado ITT” debería ser re-formulado:
¿En los próximos 30 años se puede excluir la presencia de los Tagaeri Taromenane en los Bloque 31 y ITT?
0. Resumen ejecutivo
Todos los cuatros informes Ministeriales hasta ahora analizados muestran algunos elementos de criticidad que hacen pensar a una redacción demasiado rápida y apresada que no ha permitido de adoptar enfoques mas completo y evitar algunas contradicciones internas.
Por lo que concierne por ejemplo el “Informe del Ministerio de Recursos Naturales no Renovables” hay que considerar alguno aspectos. El objetivo del informe es “Presentar la viabilidad técnica y económica para la explotación de los campos petroleros Tiputini, Ishpingo y Tambococha (Bloque 43), que se encuentran en el parque Nacional Yasuni. Presentar el potencial de otros reservas y recursos hidrocarburiferos localizados dentro del parque Nacional Yasuni”. Es importante resaltar que el análisis económico no toma en cuenta el costo de cierre y de recuperación del sitio al final de las operaciones. Ademas la evaluación de otros recursos hidrocarburos en el bloque 31 (ya en explotación sin el reconocimiento de interés nacional por parte de la Asamblea Nacional) debería ser mas esclarecida. Primero hay que intender si este proceso dentro de la Asamblea Nacional autoriza automáticamente también las operaciones en todos los nuevos campos o solamente autoriza ex post las operaciones dentro explotación sin el reconocimiento de interés nacional por parte de la Asamblea Nacional del campo Apaika y Nenke.
Segundo hay que examinar mas en detalle los aspectos territoriales de los recursos potenciales:
a) Todos los campos y pozos (en desarrollo y potenciales) del bloque 31 están dentro del Parque.
b) Tres campos, Nashiño, Obe y Boica sur, se superponen a la Zona de Amortiguamiento Tagaeri Taromenane
c) El campo Obe también se superpone a la Zona Intangible Tagaero Taromenane
d) El campo Nashiño tiene una distancia de solamente 20 km desde el lugar de la muerte e Ompure y Buganey mientras que el campo Obe tiene una distancia de 40 km desde el mismo punto.
e) Los campos Apaika Nenke ya en explotación tienen una distancia de acerca 40 km.
Por lo que concierne el Informe del Ministerio del Ambiente, pese que en pocas paginas de distancia hay dos valores diferentes de superficie del Parque Nacional Yasuni, sin embargo hay muchos aspectos de análisis ambiental que deberían ser mas profundizado. Se hace referencia a la evaluación ambiental estratégica, esta herramienta, largamente utilizada por ejemplo en Europa es muy importante par manejar asuntos complejos. Poderla ser útil vincular la declaración de interés nacional a un examen detallado de los resultados de la evaluación ambiental estratégica.
Por otro lado no se entiende porque no se han recuperado los anteriores estudios de DINAPA sobre el proyecto de Petroecuador que presentaban un buen detalle de las áreas directamente influenciadas y de los niveles de sensibilidad ambiental.
Por lo que concierne el Informe del Ministerio Coordinador de Política Económica sobre el análisis del “impacto macroeconomico de la explotación petrolera en el 0,1% del Parque Nacional Yasuni”, hay que evidenciar dos asuntos preliminares. El primer es el tipo de análisis un poco antiguo, relacionado mas con una economía clásica que tiene dos siglos y sin alguna referencia a una economía ambiental, tampoco ecológica. Por lo tanto se entiende la falta de cualquier referencia al trabajo desarrollado por científicos ecuatoriano en 2011 la “Iniciativa Yasuní-ITT desde una perspectiva multicriterial”. El segundo aspecto es el resultado macroeconomico a pesar de la explotación del 0,1% del parque. Este aspecto debería ser profundizado mas científicamente. En todos los procesos de evaluación ambiental no se considera solamente el espacio físico ocupado por parte de las instalaciones, sino la área de influencia del impacto ambiental. Por los tanto si la superficie de plataformas, carreteras y tuberías pueden aparecer limitada la área de influencia directa normalmente es bien mayor considerando la matriz de las presiones ambientales inducidas por las operaciones combinadas con los diferentes niveles de sensibilidad ambiental (la bibliografía es muy larga sobre este asunto, y también “antigua”).
Hay que señalar un elemento mas de criticidad y de incoherencia entre las diferentes políticas publicas. En todos los tres informes (Ministerio del Ambiente, Ministerio de Recursos Naturales no Renovables, Ministerio Coordinador de Política Económica) los mapas presentan solamente la Zona Intangible Tagaeri Taromenane sin incluir la zona de Amortiguamiento de 10 km.
Por lo que concierne el “Informe sobre posibles señales de presencia de Pueblos Indigenas Aislados en los Bloques 31 y 43 (ITT)” preparado por parte de Ministerio de Justicia Derechos Humanos y Cultos (“Info MJDHC”), hay que evidenciar una inmediata incoherencia en el texto.
El “Info MJDHC” se caracteriza por numerosas discontinuidades en la lógica de la construcción del discurso, la falta de coherencia entre diferentes partes del “Info MJDHC”, y la inconsistencia de las conclusiones.
Parece casi que el informe sea la elaboración, por parte de una persona no experta de asuntos territoriales, de un informe previo y probablemente mas largo que ha sido reducido y reorganizado perdiendo muchos elementos de lógica.
Por lo que concierne las relaciones con el terreno en el “Info MJDHC” hay errores graves y falta completa de cualquier correspondencia entre las análisis espaciales desarrolladas y los datos del terreno.
0.1 La definición del objetivo del “Info MJDHC” no esta adecuada a la complexidad de la cuestion que tiene que ser enfrentada en términos de precaución y de land suitability.
0.2 Hay una falla grave sobre el uso de los datos disponibles considerando que la disponibilidad es viciada por la posibilidad de coleccionar los datos y non por la real presencia de los pueblos no contactados.
0.3 Los patrones altitudinales de potencial distribución de casas y chacras son presentados en manera no homogénea y confusas no se entiende la lógica de los intervalos adoptados. El intervalo de altitud entre 152 y 440 mslm prácticamente cobre todo el área entre la Vía Auca y el limite con Perú, y entre el Napo y el Curaray, desmintiendo la no presencia y el transito.
0.4 El mapa de clanes elabprado en agosto 2013 por el PMC no tiene alguna validación científica, no se entiende en que datos se basa, no es un mapa de distribución (como declara el titulo del mapa), no es una constatación sino una suposición.
0.5 La descripción de las cámaras trampas en el bloque Armadillo no tiene algún sentido y no se comprende porque es utilizada para argumentar la no presencia en los bloques 31 y 43 considerando la distancia entre los dos lugares (100 km desde el limite oeste del bloque 31: ¿significa que los aislados pueden movilizarse con estas distancias?). Ademas este asunto abre cuestiones éticas sobre la manera de manejar monitoreo.
06. El “Info MJDHC” declara que hay señales de presencia en una superficie de 2.000.000 de ha (20.000 km2.) esta es una superficie de tres veces la actual Zona Intangible (758.048 ha, 7580,05 km2), o sea aproximadamente todo el área entre la vía Auca (a oeste) el limite con Perú (a este), el río Napo (a norte) y el río Curaray (sur). Esto implica que hay una fuerte superposición de las actividades hidrocarburiferas con la vida de los Pueblos Aislados, que la Zona Intangible debería haber una superficie mayor y ¿que hay también señales de presencia en los bloque 31 y ITT?.
0.7 Las análisis geográficas de los bloque 31 y ITT es basada sobre errores increíbles entre los datos presentados en el “Info MJDHC” y los valores reales en el terreno.
El “Info MJDHC” declara que la altitud mínima del bloque 31 es de 120 m slm y la máxima 323. Mientras declara que la altitud mínima del bloque ITT es inferior a 100 m slm y la mas elevada llega a 512 m slm. Los modelos digitales de terreno confirman los siguientes intervalos altitudinales: Bloque 31 altitud mínima 181 m slm, altitud máxima 321; bloque ITT altitud mínima 167 m slm, altitud máxima 278 mslm. Por lo tanto no existen el los dos bloques altitudes inferiores a 167 m y superiores a 321 m. Decir que hay cuotas inferiores a 120 m (peor 100 m), y hasta 512 m es pura fantasía. Con esta geografía fantástica el Napo no entraría en Perú sino desembocaría en los bloques 31 y ITT formando una enorme laguna.
Ademas en el “Info MJDHC” se usa la palabra errada “altura” cuando el termine correcto es “altitud”, esta es una ulterior evidencia de un nivel técnico no adecuado para producir un informe tan delicado.
0.8 Las cuatro conclusiones son inconsistentes. La primera conclusión “1. Los padrones de asentamientos de los pueblos Indigenas en Aislamiento indican que habitan en zonas interfluviales, no inundables y superan los 250 msnm hasta los 400 msnm” es una afirmación no demostrada por el informe, presentando un nuevo intervalo altitudinal (250-400 m) nunca examinado en el “Info MJDHC”. Las informaciones del “Info MJDHC” sustentarían una presencia de casas entre los 152 y 440 m de altitud: casi toda la suoperficie entre Napo y Curaray y entre Via Auca y limite con Perú. Las conclusiones introduciendo un nuevo intervalo no resultan coherentes.
La segunda conclusión es también no coherente con el texto del informe “2. Debido a las condiciones ambientales geográficas y sociales de los Bloques 31 y 43, se descarta la presencia de Pueblos Indígenas en Aislamiento”. Las condiciones ambientales y geográficas no permiten descartar la presencia. No ha sido elaborada la mas elemental y básica análisis: cruzar la distribución de las altitudes de los bloques con los intervalos 152-440 m (presencias casas, p. 6), 245-415 m (presencias chacras p. 6), o 250-400 m (conclusión 1). Ademas las condiciones geográficas de los bloques (elevaciones y superficie pantanosa) no puede excluir la presencia de aislados.
La tercera conclusión es totalmente incomprensible porque introduce un elemento nunca discutido en las paginas anteriores del “Info MJDHC” “3. La distancia del bloque hasta el avistamiento mas cercano corresponde a 73 km en linea recta lo cual implica que no existen afectaciones directas o indirectas a los Pueblos Indigenas en Aislamiento que habitan la Zona Intangible.” No se dice de donde de deberían medir estos 73 km.
La ultima conclusión es totalmente incoherente sea con las paginas anteriores del “Info MJDHC” sea con las primeras tres conclusiones: “4. En tal virtud, se concluye que al interior del Bloque no habita población indígena Aislada;ni tampoco son utilizadas como lugar de transito”.
Esta conclusión se compone de dos afirmaciones, la primera sobre el habitar la segunda sobre transito. No es claro cuales análisis de fotos satelitales han sido desarrollada para afirmar que en los bloque 31 y ITT no existan casas y chacras. En el informe se habla solamente de análisis de detalle en el campo Armadillo, que pero no pueden excluir la presencia.
Por lo que concierne el transito no hay detalle en el “Info MJDHC” sobre patrones de movilidad en el área interesado por los bloques 31 y 43, y sobretodo no se entiende como se pueda garantizar que en los próximos 30 años no sean utilizados como lugar de transito.
Este informe no produce constataciones sino suposiciones y las conclusiones, considerando la articulación del texto y las relaciones entre las afirmaciones sobre las análisis territoriales y los datos de terreno, resultan inconsistentes.
0.9 Se recomienda la elaboración de un nuevo informe técnicamente y científicamente fundado.