EXPORTACIÓN DE GAS SIN DESTINO"
Este es un tema crucial para el destino de la nación y algunos de sus más importantes proyectos de desarrollo. Está a la base de los actuales problemas para sacar adelante el gasoducto y la petroquímica del sur andino, pues pretenden entrampar su ejecución quienes buscan impedir la presencia de PetroPerú, la competencia empresarial internacional en el sector, y que se abra la transparencia pública en asuntos como este de los fraudes en los precios de la exportación y las correspondientes regalías. Es un indudable asunto de soberanía energética. Una “prueba de Gas” para las autoridades del Estado y el conjunto de la Nación.
1. LO DETECTADO OFICIALMENTELo que ha informado Perupetro, empresa pública que es la agencia nacional de Hidrocarburos, a partir de la investigación de una consultora internacional contratada especialmente, es que “los destinos de algunas exportaciones de Gas Natural durante los años 2010 y 2011 no corresponden a los mercados de su consumo final; y es en función a su determinación que se aplican las regalías” (Comunicado 12 Julio 2012). Es decir, que los precios a los que se vende el gas de Camisea en el mercado mundial tienen destinos que no son los señalados oficialmente para el pago de regalías, disminuyéndose su aporte, perjudicándose al Estado, es decir, al conjunto de los ciudadanos.
2. LAS EXPORTACIONES DEL GAS DE Camisea A TAILANDIA
El 23 de mayo 2012 alerté sobre este tema durante una exposición en el importante Foro organizado por el Gobierno Regional del Cusco para insistir en la urgencia de llevar adelante el Gasoducto y la Petroquímica en Cusco y el macrosur. Señalé que existían pruebas del grave diferencial de precios de la exportación del gas, incumpliendo el contrato y afectando el aporte al Estado.
Hice público lo señalado por la revista especializada Platts respecto a los embarques exportados del Gas del Perú a Tailandia. Son cinco embarques a ese país en los años 2011-2012. Su Aduana ha publicado los precios para cuatro embarques entregados (Ver grafico de Platts). Estos son: Julio 2011: $15.27/MMBtu (millón de BTU); Septiembre 2011: $16.46/MMBtu; Noviembre 2011: $18.10/MMBtu; Enero 2012: $17.31/MMBtu. Falta el de Marzo 2012. Para apreciar el volumen del fraude, es necesario considerar el precio de acuerdo al marcador Henry Hub, que rige para las exportaciones a México y Estados Unidos. Está alrededor de 4 dólares el MMBtu. Es el precio del contrato de venta del Gas de Camisea al Exterior por Repsol-Camisea. Al cambiar de destino, para mercados que, como en Tailandia, fluctúan entre US$ 15 a US$ 17 el Millón de BTUE, se triplican los precios reales de venta, y es mayor todavía la ganancia líquida. El exportador del gas consigue mejores precios, pero evade el pago de regalías e impuestos, incumpliendo su contrato con el Estado. Un estimado con cifras reales, de todos los embarques, evidenciará el monto de lo cuantioso de este fraude, y su gravísimo perjuicio a la nación.
3. PARA ESCONDER EL DIFERENCIAL, SE OCULTAN LAS FACTURAS DE VENTA, DONDE ESTÁ EL DETALLE DEL FRAUDE
Este es un asunto fundamental, y su detalle básico esta en las facturas de venta. Las solicite judicialmente el 2010 (ver mi libro: “Nación peruana Bicentenaria”, 2010). El 21 de Octubre 2010 presenté, con Mario Huamán, y a nombre del Foro Soberanía Energética, al 9ª Juzgado Constitucional de Lima, el Expediente 23601-2010-0-1801-JR-CI-09, de la demanda de la Garantía Constitucional de Habeas Data, indicando 14 Items de información requerida, entre los que incluía se entreguen las Facturas de Venta. Pedía judicialmente: “Documento oficial que sustente desde el inicio los volúmenes de gas, y los precios, pagos de impuestos y utilidades, en cada etapa de la operación de la cadena de exportación en curso (extracción, fraccionamiento, transporte, licuefacción, buques, y comercialización externa), entre Pluspetrol, PeruLNG y Repsol, manejados en posición de dominio por Repsol-Hunt, los que permitirán apreciar si existen indicios de Sobre valuación, Evasión Fiscal y Transferencia de Precios”.
Y también: “Facturas de venta de Pluspetrol, Perú LNG y Repsol por el Embarque efectuado el 24 Junio 2010 y por el inmediato posterior, y documentos que indiquen el contrato que sustenta las transacciones de compra y venta, y el destino final según las operaciones de venta y la Planta final de Regasificación”.
Me respondieron, pero no entregaron los documentos fundamentales, especialmente las facturas de venta. El Ministerio de energía y Minas (MEM) y Perupetro (del 2010) dijeron que no era de su competencia ni existía obligación contractual al respecto. En forma inaudita, Perupetro (del 2010) responde que “no cuenta con copia de las facturas de venta (exportación) de Perú LNG S.R.L., debido a que no existe obligación de carácter legal o contractual” al respecto. Me envió, a modo de ilustración, copia de dos Bill of Lading, sobre los dos primeros embarques, así como la certificación de la llegada del Gas Natural a sus destinos referidos.
Pero no informaron las facturas de los precios de las ventas del gas embarcado al exterior, las respectivas facturas y contratos de suministros, pues el gas no se vende al paso. Argumentaban que “no existe obligación… para que el contratista brinde información de ese tipo a Perupetro”, lo que es ilegal pues sí lo establece el contrato de exportación. Más aun, se refirieron a “fuentes” de la industria con los precios cotizados en el mercado “spot”, pero ni siquiera presentaron cuales eran los precios de venta de los destinos comprometidos en las fechas de transporte para su obligatoria fiscalización. Debido a esta complicidad, se incremento el fraude diseñado.
El gas se vende a boca de pozo, en un contrato entre Repsol (a cargo del 100 % de exportación) y el Consorcio (donde también está Repsol), que no es solo Pluspetrol. Este precio de venta tiene como referencia el contrato de suministro a donde se destina el gas, en mercados con diferentes precios que van a incidir en el precio a boca de pozo. La regalía, que es el aporte que pertenece a todos los peruanos y administra el Estado, se paga en base al precio a boca de pozo, que es variable según los destinos finales del contrato de suministros. De ahí que las Facturas de venta y los contratos de suministros, como las ventas a México, deberían existir para los destinos de venta del gas, como para Tailandia. Son documentos de interés público, que no pueden ocultarse. Son fundamentales para fiscalizar el monto de la regalía que va a recibir la Nación. El Perú no pierde soberanía sobre el gas en la venta a boca del pozo, como algunos pretenden.
4. EL PERÚ DEBE TERMINAR CON EL FRAUDE PARA RECUPERAR EL PAGO REAL DE REGALÍAS E IMPUESTOSEste asunto del diferencial de precios según destinos para alterar las regalías, simulando embarques a destinos ficticios para pagar menos regalías, es crucial para la Nación. No se trata de una cuestión técnica ni sometible a arbitraje, pues constituye un indicio claro de fraude, de un delito, y de una clara violación de contrato.
Debe exigirse se entreguen al Estado las facturas de ventas del gas en sus destinos finales y los contratos de suministro, para fiscalizar y exigir los pagos de las regalías y los impuestos. Repsol y Pluspetrol no tienen extraterritorialidad en Camisea. Son de interés público, las facturas de venta a boca de pozo y de su destino final, que son sustento de sus pagos al Estado. La Recuperación no finalizada de los 2,5 TCF del Gas del lote 88, y la incertidumbre sobre el gasoducto y la petroquímica del sur peruano, tienen en este tercer aspecto, una misma problemática: la efectiva soberanía de la nación y su futuro.
Manuel Dammert Ego AguirreColaborador
1. LO DETECTADO OFICIALMENTELo que ha informado Perupetro, empresa pública que es la agencia nacional de Hidrocarburos, a partir de la investigación de una consultora internacional contratada especialmente, es que “los destinos de algunas exportaciones de Gas Natural durante los años 2010 y 2011 no corresponden a los mercados de su consumo final; y es en función a su determinación que se aplican las regalías” (Comunicado 12 Julio 2012). Es decir, que los precios a los que se vende el gas de Camisea en el mercado mundial tienen destinos que no son los señalados oficialmente para el pago de regalías, disminuyéndose su aporte, perjudicándose al Estado, es decir, al conjunto de los ciudadanos.
2. LAS EXPORTACIONES DEL GAS DE Camisea A TAILANDIA
El 23 de mayo 2012 alerté sobre este tema durante una exposición en el importante Foro organizado por el Gobierno Regional del Cusco para insistir en la urgencia de llevar adelante el Gasoducto y la Petroquímica en Cusco y el macrosur. Señalé que existían pruebas del grave diferencial de precios de la exportación del gas, incumpliendo el contrato y afectando el aporte al Estado.
Hice público lo señalado por la revista especializada Platts respecto a los embarques exportados del Gas del Perú a Tailandia. Son cinco embarques a ese país en los años 2011-2012. Su Aduana ha publicado los precios para cuatro embarques entregados (Ver grafico de Platts). Estos son: Julio 2011: $15.27/MMBtu (millón de BTU); Septiembre 2011: $16.46/MMBtu; Noviembre 2011: $18.10/MMBtu; Enero 2012: $17.31/MMBtu. Falta el de Marzo 2012. Para apreciar el volumen del fraude, es necesario considerar el precio de acuerdo al marcador Henry Hub, que rige para las exportaciones a México y Estados Unidos. Está alrededor de 4 dólares el MMBtu. Es el precio del contrato de venta del Gas de Camisea al Exterior por Repsol-Camisea. Al cambiar de destino, para mercados que, como en Tailandia, fluctúan entre US$ 15 a US$ 17 el Millón de BTUE, se triplican los precios reales de venta, y es mayor todavía la ganancia líquida. El exportador del gas consigue mejores precios, pero evade el pago de regalías e impuestos, incumpliendo su contrato con el Estado. Un estimado con cifras reales, de todos los embarques, evidenciará el monto de lo cuantioso de este fraude, y su gravísimo perjuicio a la nación.
3. PARA ESCONDER EL DIFERENCIAL, SE OCULTAN LAS FACTURAS DE VENTA, DONDE ESTÁ EL DETALLE DEL FRAUDE
Este es un asunto fundamental, y su detalle básico esta en las facturas de venta. Las solicite judicialmente el 2010 (ver mi libro: “Nación peruana Bicentenaria”, 2010). El 21 de Octubre 2010 presenté, con Mario Huamán, y a nombre del Foro Soberanía Energética, al 9ª Juzgado Constitucional de Lima, el Expediente 23601-2010-0-1801-JR-CI-09, de la demanda de la Garantía Constitucional de Habeas Data, indicando 14 Items de información requerida, entre los que incluía se entreguen las Facturas de Venta. Pedía judicialmente: “Documento oficial que sustente desde el inicio los volúmenes de gas, y los precios, pagos de impuestos y utilidades, en cada etapa de la operación de la cadena de exportación en curso (extracción, fraccionamiento, transporte, licuefacción, buques, y comercialización externa), entre Pluspetrol, PeruLNG y Repsol, manejados en posición de dominio por Repsol-Hunt, los que permitirán apreciar si existen indicios de Sobre valuación, Evasión Fiscal y Transferencia de Precios”.
Y también: “Facturas de venta de Pluspetrol, Perú LNG y Repsol por el Embarque efectuado el 24 Junio 2010 y por el inmediato posterior, y documentos que indiquen el contrato que sustenta las transacciones de compra y venta, y el destino final según las operaciones de venta y la Planta final de Regasificación”.
Me respondieron, pero no entregaron los documentos fundamentales, especialmente las facturas de venta. El Ministerio de energía y Minas (MEM) y Perupetro (del 2010) dijeron que no era de su competencia ni existía obligación contractual al respecto. En forma inaudita, Perupetro (del 2010) responde que “no cuenta con copia de las facturas de venta (exportación) de Perú LNG S.R.L., debido a que no existe obligación de carácter legal o contractual” al respecto. Me envió, a modo de ilustración, copia de dos Bill of Lading, sobre los dos primeros embarques, así como la certificación de la llegada del Gas Natural a sus destinos referidos.
Pero no informaron las facturas de los precios de las ventas del gas embarcado al exterior, las respectivas facturas y contratos de suministros, pues el gas no se vende al paso. Argumentaban que “no existe obligación… para que el contratista brinde información de ese tipo a Perupetro”, lo que es ilegal pues sí lo establece el contrato de exportación. Más aun, se refirieron a “fuentes” de la industria con los precios cotizados en el mercado “spot”, pero ni siquiera presentaron cuales eran los precios de venta de los destinos comprometidos en las fechas de transporte para su obligatoria fiscalización. Debido a esta complicidad, se incremento el fraude diseñado.
El gas se vende a boca de pozo, en un contrato entre Repsol (a cargo del 100 % de exportación) y el Consorcio (donde también está Repsol), que no es solo Pluspetrol. Este precio de venta tiene como referencia el contrato de suministro a donde se destina el gas, en mercados con diferentes precios que van a incidir en el precio a boca de pozo. La regalía, que es el aporte que pertenece a todos los peruanos y administra el Estado, se paga en base al precio a boca de pozo, que es variable según los destinos finales del contrato de suministros. De ahí que las Facturas de venta y los contratos de suministros, como las ventas a México, deberían existir para los destinos de venta del gas, como para Tailandia. Son documentos de interés público, que no pueden ocultarse. Son fundamentales para fiscalizar el monto de la regalía que va a recibir la Nación. El Perú no pierde soberanía sobre el gas en la venta a boca del pozo, como algunos pretenden.
4. EL PERÚ DEBE TERMINAR CON EL FRAUDE PARA RECUPERAR EL PAGO REAL DE REGALÍAS E IMPUESTOSEste asunto del diferencial de precios según destinos para alterar las regalías, simulando embarques a destinos ficticios para pagar menos regalías, es crucial para la Nación. No se trata de una cuestión técnica ni sometible a arbitraje, pues constituye un indicio claro de fraude, de un delito, y de una clara violación de contrato.
Debe exigirse se entreguen al Estado las facturas de ventas del gas en sus destinos finales y los contratos de suministro, para fiscalizar y exigir los pagos de las regalías y los impuestos. Repsol y Pluspetrol no tienen extraterritorialidad en Camisea. Son de interés público, las facturas de venta a boca de pozo y de su destino final, que son sustento de sus pagos al Estado. La Recuperación no finalizada de los 2,5 TCF del Gas del lote 88, y la incertidumbre sobre el gasoducto y la petroquímica del sur peruano, tienen en este tercer aspecto, una misma problemática: la efectiva soberanía de la nación y su futuro.
Manuel Dammert Ego AguirreColaborador
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